El IMPUESTO AL VALOR AGREGADO grava a la venta de bienes muebles (inciso a, Art. 1, de la Ley Nº 843), contratos de obras, servicios e importaciones, es decir, ...
TRATAMIENTO LABORAL Y TRIBUTARIO DE LAS VACACIONES
La vacación es un descanso laboral, que se perfecciona con un año continuo de trabajo en relación de dependencia, cuyo plazo de ejercicio, de ese beneficio, es todo el ...
Con argumentos más imperativo que racionales, el gobierno nacional logro modificar el Art. 48 de la Ley Nº 2492 (CTB) que trata la compensación de pérdidas. La ...
La Reserva Legal es parte de utilidades de un ejercicio, retenidos para cubrir futuras contingencias. Resulta de deducir el 5%, mínimo anual, de Utilidades Efectivas ...
El RIN caen a $us 8.988 millones, las más bajas en últimos 9 años
Sábado 22 - Septiembre - 2018
Las Reservas Internacionales del PAÍS, como indicador económico, mide la capacidad de importar bienes y servicios del extranjero, y pago de la deuda externa.
BAJA cuando las IMPORTACIONES son mayores a las EXPORTACIONES, y la caída de las EXPORTACIONES, se vienen dando desde el año 2015 hasta la fecha.
Empresarios desconfían en las cifras del INE sobre el crecimiento
Sábado 4 - Agosto - 2018
Según el análisis que hizo la Confederación de Empresarios, las cifras se hicieron funcionales desde el cuarto trimestre de 2017, cuando el INE informó que el crecimiento económico llegó al 5,23%
http://www.eldeber.com.bo/seccion/economia
Brasil se sube al vagón del tren bioceánico y Bolivia reafirma la venta de gas
Miercoles 6 - Diciembre - 2017
A pesar de las diferencias ideológicas y de la distancia política, el calor de los proyectos de infraestructura y logística de transporte, de energía y de control de la frontera generó el deshielo entre los presidentes de Brasil y Bolivia, Michel Temer y Juan Evo Morales, respectivamente.
El año pasado, Morales había calificado de un “golpe congresista y judicial” el impeachment que llevó a Temer al poder.
CONTROLES TRIBUTARIOS INDIRECTOS A CONTRIBUYENTES DEL RTS
La administración tributaria en el marco de sus atribuciones ha implementado recientemente controles tributarios indirectos a contribuyentes inscritos en el Régimen Tributario Simplificado y a personas naturales no inscritos en el padrón nacional de contribuyentes que realizan compras a proveedores. Creo con el objeto de depurar el RTS a aquellos contribuyentes que por el movimiento económico corresponden estar inscritos en el Régimen General. En esa línea los controles implementados son los siguientes:
1. Cuando el proveedor o comitente venda bienes a través de un comisionista o consignatario.
a) Deberá suscribir un contrato ante Notario de Fe Pública
b) Informar mediante nota a la Gerencia GRACO o Distrital de su Jurisdicción, los Contratos de Comisión, en original o copia legalizada, suscritos en el período, hasta el último día hábil del mes siguiente.
c) Deberá entregar a los comisionistas o consignatarios, mediante documento o acta, facturas pre valoradas (con el precio de venta al consumidor final) que cumplan lo establecido en la Resolución Normativa de Directorio del Sistema de Facturación Virtual vigente.
d) Informar las ventas a la administración tributaria mediante el aplicativo Proveedores
2. Cuando el Proveedor o Comitente venda bienes a contribuyentes del Régimen Tributario Simplificado (RTS).
a) Por las ventas se deberá requerir la siguiente documentación:
i Fotocopia simple del certificado de inscripción al RTS
ii Fotocopia simple de la boleta de pago bimestral
b) Resguardar los documentos que sustentan las operaciones durante 8 años
c) Cuando las ventas en uno o varios periodos mensuales o acumuladas en un año sean mayores a Bs136.000, se deberá:
i Exigir la presentación de fotocopia simple de certificado de inscripción al régimen general
ii Se deberá informar a la Administración tributaria mediante el Aplicativo Proveedores
3. Cuando el Proveedor o Comitente venda bienes a contribuyentes no inscritas en el Padrón Nacional de Contribuyentes.
a) Cuando las ventas acumuladas iguales o mayores a Bs136.000 realizadas en el periodo donde se cumpla la condición:
i Reportar a la administración tributaria hasta el último día hábil del mes siguiente al que se informa, utilizando el Aplicativo Proveedores a través de la Oficina Virtual, de acuerdo a las siguientes especificaciones: